Endurecen sanciones a viajeros y a aerolíneas en Colombia

La Aeronáutica Civil anunció que las aerolíneas que sean sancionadas por situaciones de incumplimiento o deficiencia en la prestación del servicio de transporte aéreo también deberán compensar al pasajero afectado.
Es así como se le impondrá a la empresa que por su causa niegue el embarque, y no adopte ninguna medida compensatoria, una multa de 10 salarios mínimos legales mensuales, la cual se incrementará dependiendo del número de pasajeros.
“Igual, la multa aplica en los casos de sobreventa, y con agravante de otro 50 por ciento cuando no haya compensado”, dijo Santiago Castro, director de la Aerocivil, al presentar las reformas de los reglamentos aeronáuticos que redefinen los derechos y deberes de los usuarios.
En los casos de sobreventa, demora superior a cinco horas o cancelación de un vuelo, además de las compensaciones a que tiene derecho el pasajero, deberá reconocerle a este, como mínimo, el 30 por ciento del valor del trayecto, pagadero en efectivo, a menos que el pasajero acepte otra forma, como tiquetes, bonos o millas. En adelante, los reembolsos se tendrán que hacer de forma inmediata.
También se estableció que habrá multas para viajeros irrespetuosos. Se les exigen a los usuarios del transporte aéreo unos comportamientos y obligaciones, encaminados a proteger a los demás pasajeros.
“Será sancionado con multa de cinco salarios mínimos legales mensuales vigentes quien en un aeropuerto profiera ofensas o insultos a las autoridades aeroportuarias; el pasajero que ejecute actos de perturbación a bordo de las aeronaves, o en las salas de embarque u otras instalaciones aeroportuarias, o instigue a otros a que lo hagan; el pasajero que permanezca o acceda a una aeronave negándose a desembarcar”, dice la nueva norma.
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